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lunes, 29 de julio de 2013

Decreto del Papa a punto de causar renuncias masivas?

Decreto del Papa a punto de causar renuncias masivas?

 Publicado en de: Extracción de los grilletes .
(Con Traducción de Google)
La Santísima Francis emitió una Carta Apostólica el 11 de julio y eficaz 01 de septiembre 2013 que, efectivamente, despojado de la inmunidad de todos los jueces, abogados, funcionarios de gobierno y todas las entidades establecidas en la Curia Romana [Nota: Todas las corporaciones se establecen bajo la Curia romana].  
Todas estas "personas" puede ahora ser considerados responsables de los crímenes de guerra, crímenes contra la humanidad, [Sugerencia: Espíritu Divino es la humanidad], por las restricciones ilegales de las libertades de la encarnación del espíritu divino, por no liquidar las cuentas, para continuar procesamiento de las reclamaciones ya resueltos, etc

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CARTA APOSTÓLICA EMITIDO Motu Proprio
Del Sumo Pontífice FRANCIS
SOBRE LA COMPETENCIA DE LAS AUTORIDADES JUDICIALES DE CIUDAD DEL VATICANO EN MATERIA PENAL
En nuestros tiempos, el bien común está cada vez más amenazada por la delincuencia transnacional organizada, el uso inadecuado de los mercados y de la economía, así como por el terrorismo.

  Por tanto, es necesario que la comunidad internacional adopte los instrumentos jurídicos adecuados para prevenir y combatir las actividades delictivas, mediante la promoción de la cooperación judicial internacional en materia penal.

  Al ratificar varios convenios internacionales en estas áreas, y actuando también en nombre de la Ciudad del Vaticano, la Santa Sede ha mantenido constantemente que estos acuerdos son un medio eficaz para prevenir las actividades delictivas que amenazan la dignidad humana, el bien común y la paz.

  Con el fin de renovar el compromiso de la Sede Apostólica a cooperar para este fin, por medio de esta Carta apostólica en forma de Motu Proprio, establezco que:

  1. Las autoridades judiciales competentes del Estado de la Ciudad del Vaticano también ejercerán jurisdicción penal sobre:
a) los delitos cometidos contra la seguridad, los intereses fundamentales o el patrimonio de la Santa Sede; b) delitos a que se refiere:
- En la Ciudad del Vaticano la Ley N º VIII, de 11 de julio de 2013, que contiene normas complementarias sobre cuestiones de Derecho Penal; - En la Ciudad del Vaticano la Ley N º IX, de 11 de julio de 2013, que contiene las enmiendas al Código Penal y al Código de Procedimiento Penal; cuando esos delitos son cometidos por las personas mencionadas en el párrafo 3, en el ejercicio de sus funciones;
c) cualquier otro delito cuyo enjuiciamiento es requerido por un acuerdo internacional ratificado por la Santa Sede, si el autor está físicamente presente en el territorio de la Ciudad del Vaticano y no ha sido extraditado.

2. Los delitos a que se refiere el apartado 1 deben ser juzgados conforme a la legislación penal vigente en la Ciudad del Vaticano en el momento de su comisión, sin perjuicio de los principios generales del ordenamiento jurídico en la aplicación temporal de las leyes penales.

  3. A los efectos de la ley penal del Vaticano, a las siguientes personas serán considerados "funcionarios públicos":
a) los miembros, funcionarios y personal de los distintos órganos de la Curia Romana y de las instituciones vinculadas a la misma. b) legados papales y personal diplomático de la Santa Sede. c) las personas que se desempeñan como representantes, administradores o directores, así como las personas que aun de facto administrar o ejercer control sobre las entidades que dependen directamente de la Santa Sede y que figuran en el registro de personas jurídicas canónicas mantenidos por la Gobernación de la Ciudad del Vaticano Estado; d) cualquier otra persona que cumpla un mandato administrativo o judicial en la Santa Sede, permanente o temporal, remunerado o no, cualquiera que sea la antigüedad de esa persona.

4. La competencia a que se refiere el apartado 1 también comprende la responsabilidad administrativa de las personas jurídicas que surgen de los delitos, según lo dispuesto por las leyes del Estado de Ciudad del Vaticano.

  5. Cuando los mismos asuntos son enjuiciados en otros Estados, se aplicarán las disposiciones vigentes en la Ciudad del Vaticano en materia de competencia concurrente.

  6. El contenido del artículo 23 de la Ley No. CXIX de 21 de noviembre de 1987, que aprueba la Orden Judicial de la Ciudad del Vaticano sigue vigente.

  Esto me decido y establecer, de algo contrario a pesar de.

  Establezco que la presente Carta apostólica en forma de Motu Proprio será promulgada por su publicación en L'Osservatore Romano, que entró en vigor el 1 de septiembre de 2013.
  Dado en Roma, en el Palacio Apostólico, el 11 de julio de 2013, el primero de mi Pontificado.
FRANCISCUS
 
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RENUNCIAS ADICIONALES:
 
Ben Bernanke anunció que se renunciaba a la Reserva Federal el 1 de septiembre de 2013.
Uno de los gobernadores de la Reserva Federal ha dimitido el 1 de septiembre de 2013.
Janet Napolitano [Homeland Security] ha presentado su dimisión el 1 de septiembre de 2013.

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